google.com, pub-1642455753193825, DIRECT, f08c47fec0942fa0 Mi - Fiscalista: Buzón Tributario SAT

martes, 27 de septiembre de 2022

Buzón Tributario SAT

Recuerda que es obligatorio activar tu buzón tributario, y como lo menciona el SAT debes tener registrados 2 medios de contacto.

Todo el detalle lo puedes consultar en el siguiente link.

http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html

Recuerda que en tu Buzón Tributario debes tener registrados y actualizados dos medios de contacto: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que te falte registrar alguno, hazlo a la brevedad. 

 


 

 ¿Que es el buzón tributario?


Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes. Tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura; así también, a través del Buzón los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT.

 

¿Quienes deben habilitarlo?

Todos los contribuyentes inscritos en el RFC, salvo:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas. En este caso, habilitar el Buzón Tributario es opcional.
  • Personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos, tendrán la opción de habilitar el Buzón Tributario.
  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados estarán relevados de habilitar el Buzón Tributario.

  • Estas facilidades no serán aplicables tratándose de:

    • Los trámites o procedimientos en los que se requiera que el contribuyente cuente con Buzón Tributario.
    • Tratándose de contribuyentes que hayan emitido CFDI de ingresos o recibido CFDI de nómina, dentro de los últimos 12 meses.

 

Si crees que esta informacion le puede servir a alguien compartela y registrate el el boletín para recibir más noticias como está.

 

www.mi-fiscalista.com

 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario